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Pensión obligatoria, ¿qué es y cuáles son los beneficios de cotizarla?

Conozca las ventajas que tendría si recibe la pensión cuando termine su ciclo laboral.

Imagen de referencia. Foto: Anamaria Mejia / EyeEm / Getty Images.

Colfondos, uno de los cuatro fondos privados de pensiones y cesantías, reveló que la mayoría de los colombianos ven remota la idea de llegar a recibir su mesada de la pensión cuando cumplan con la edad y semanas requeridas.

Por eso, el fondo explicó los beneficios que tiene recibir la pensión cuando termine el ciclo laboral.

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Cabe resaltar que el sistema pensional en Colombia establece que los hombres pueden pensionarse a los 62 años y las mujeres a los 57 y congregar 1.300 semanas de cotización en el régimen público y 1.150 en los fondos privados.

¿Qué es la pensión obligatoria?

De acuerdo con Colfondos, la pensión obligatoria es un plan de ahorro obligatorio que construye cada ciudadano durante su vida laboral, ya sea como trabajador independiente o como dependiente. “Este ahorro le permitirá recibir un pago mensual y cobertura de salud por el resto de su vida”.

¿Cuánto se debe aportar?

El aporte pensional que debe hacer cada trabajador corresponde al 16% de su salario. Si es empleado la empresa aportará el 75% y el trabajador el 25% restante. En el caso de ser independiente, deberá asumir el 100% de sus aportes.

Hay que mencionar que estos aportes cubrirán los gastos en caso de sufrir un accidente o una enfermedad que le impida seguir trabajando. Además, sus beneficios quedarán cubiertos en caso de que el trabajador muera.

¿Cuáles son los beneficios de cotizar la pensión obligatoria?

  • Los ahorros van a una Cuenta de Ahorro Individual.
  • Si el trabajador ha cotizado más de 150 semanas, ese tiempo será reconocido a través de un Bono Pensional que genera rentabilidad y se hace efectivo cuando la persona se pensione o cumpla con los requisitos para la devolución de saldos.
  • El dinero no se pierde: en caso de que el trabajador fallezca y que el trabajador no tenga beneficiarios de pensión, el total del ahorro será entregado a los herederos legales hasta el quinto orden hereditario.
  • El capital recolectado tiene la garantía de rentabilidad mínima que determina y exige la Superintendencia Financiera.
  • Se puede escoger entre seis distintas modalidades para disfrutar la pensión: Renta Vitalicia Inmediata, Retiro Programado o Retiro Programado con Renta Vitalicia Diferida, Renta Temporal Variable con Renta Vitalicia Diferida, Renta Temporal Variable con Renta Vitalicia Inmediata y Retiro Programado sin negociación de Bono Pensional.