Corte le pide a entidad pública no impedir el acceso a la educación
Este llamado se lo hace a la Secretaria de Educación de Bogotá y a un colegio que cuestionó la legitimidad de un registro civil de nacimiento.
La Corte Constitucional le hace un llamado de atención a una institución educativa que cuestionó la autenticidad del registro civil de nacimiento, al ICBF y a la Registraduría Nacional para que no sometan a familias homoparentales a trámites innecesarios en la expedición de este tipo de registro de sus hijos. Según la Corte, este hecho resulta discriminatorio.
El pronunciamiento fue hecho al estudiar una tutela que presentó la madre de un niño en contra de un colegio en Bogotá, el cual no la reconoció como representante legal del menor bajo el argumento de que en el registro civil de nacimiento de Venezuela solo figuraba su excompañera permanente, pese a que la institución educativa tenía conocimiento de la conformación homoparental de su familia y de las dificultades que había tenido para acceder a la inscripción del nacimiento de su hijo en el registro civil colombiano.
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La demandante presentó el registro civil de nacimiento de su hijo en el que consta la filiación del menor de edad y en el que ella expresamente figura como madre, pero el colegio exigió prueba de la legitimidad de dicho documento público. Además, no le permitió conocer el proceso educativo y psicológico del niño ni ingresar a la plataforma de educación virtual.
El fallo otorgó 15 días al colegio para que presente excusas a la madre y le advirtió que no puede volver a incurrir en conductas como las que dieron origen a esta acción de tutela.
También se hizo un llamado a la Secretaría de Educación de Bogotá para que garantice el derecho a la educación no solo desde el acceso, sino que no puede ser ajena a las situaciones concretas de los estudiantes, las cuales también deben ser atendidas de manera integral.