Expiden nuevos lineamientos para policías: no deben marchar junto a manifestantes
“No debe haber reacción ante injurias o calumnia”, dice la Policía Nacional al expedir nuevos lineamientos para la intervención del Esmad en casos de bloqueos, manifestaciones y situaciones similares.
Expiden nuevos lineamientos para policías: no deben marchar junto a manifestantes
02:31
Compartir
El código iframe se ha copiado en el portapapeles
<iframe src="https://www.wradio.com.co/embed/audio/367/1664405967_887_cut/" width="100%" height="360" frameborder="0" allowfullscreen></iframe>
Imagen de referencia.
Colombia
El director de la Policía Nacional, el general Henry Sanabria, firmó el decreto que establece cómo será el proceder del Escuadrón Móvil Antidisturbios, Esmad, cuando se registre algún tipo de disturbios o manifestaciones violentas.
En el nuevo lineamiento, se establece que la Policía debe “garantizar los derechos y libertades públicas, pero también asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares, conforme lo estipulan los artículos 218 y 2 de la Constitución Política de Colombia”.
Este protocolo se aplicará para los siguientes casos:
Más información
- Debemos examinar el funcionamiento de ese organismo: MinDefensa sobre el Esmad
- Nuevas tanquetas y uniformes: estos serían los cambios que se aplicarían al ESMAD
- Bogotá tendrá nuevo protocolo para intervención del Esmad en protestas
- Sin implementación del Esmad, Policía controló los actos vandálicos en Bogotá
- “Manifestación pública, huelgas, perturbación en servicio de transporte público, colectivo u oficial obstrucción a vías públicas que afecten el orden público, enfrentamiento entre barras organizadas de hinchas de fútbol, asonadas, erradicación de cultivos ilícitos, explotación ilícita de yacimientos mineros, riñas colectivas, motines en establecimientos carcelarios o penitenciarios. Usurpación de inmuebles o tierras”.
Procedimiento del Esmad
El acompañamiento a la manifestación pública debe ser, en lo posible, discreto, para que la presencia de los “miembros de la Policía Nacional “no sea aprovechado por los manifestantes para incitar al odio”.
Agrega el documento: “Los policías no deben marchar junto a los manifestantes, tampoco colocarlos para abrir o cerrar la manifestación; no deben ser apostados de manera inerme en lugares donde puedan ser objeto de ataques”.
Sin embargo, se aclara que prima “el derecho a la manifestación pública por encima del derecho al buen nombre que se afecta con las expresiones ofensivas, chocantes, impactantes, indecente escandalosas o excéntricas. Por ello no debe haber reacción ante tales injurias o calumnias, la manifestación pública se torna violenta cuando sus integrantes tipifican delitos que atentan contra la seguridad pública (incendio, lanzamiento de objetos peligrosos, porte de armas de fuego o blancas”.
“También contra la vida e integridad personal lesiones personales, homicidio en tentativa, o contra la administración pública (violencia contra servidor público, obstrucción a la función pública) o contra el régimen constitucional (asonada) o contra el patrimonio público o privado (daño en bien ajeno. En manifestaciones con presencia mayoritaria de jóvenes (15-24 años), la primera intervención será de unidades de la Fuerza Disponible, salvo que el nivel de agresividad sea tan alto, que se haga necesaria la actuación inmediata de unidades especializadas.”
Casos de bloqueos de vías
En el evento en que la obstrucción altere el funcionamiento de la vía y se atente contra la vida, la salud pública, la seguridad alimentaria, el medio ambiente o el trabajo, se deberá restablecer el orden, incluso por la fuerza. Se deben identificar líderes para su captura.
Cuando el nivel de agresividad sea alto, actuarán de manera inmediata las unidades especializadas de la UNDMO, la cual aplicará los protocolos establecidos en la norma que la regula.