Choque de trenes entre la Corte Suprema y la Corte Constitucional
En un hecho que no tiene muchos antecedentes la sala de casación penal de la Corte Suprema de Justicia ha solicitado anular una sentencia de la Corte Constitucional.
El debate no es menor, un ciudadano fue condenado y acudió a la Corte Suprema en casación, corporación que se demoró bastante.
El ciudadano acudió a una tutela para que el estudio que dicha corte hace en casación tuviera un plazo razonable.
La Corte Constitucional avaló la tutela y sostuvo que la Corte Suprema debe resolver en 5 años. En este caso específico el delito estaba prescrito y ordenaron terminar el caso.
Desde esa sentencia de la Corte Constitucional, la Corte Suprema tendría 5 años para resolver una casación o el caso prescribiría.
Ahora la Sala Penal de la Corte Suprema, en un nuevo documento, pide anular ese fallo de la Corte Constitucional en un auténtico choque de trenes.
Esto dijo la Corte Suprema:
“Luego de acatar la orden de tutela, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia solicitó la nulidad de la sentencia SU-126 de 2022. En esa decisión, la Corte Constitucional revocó una providencia que resolvía no casar (dejar en firme con fuerza de cosa juzgada) una condena por el delito de homicidio preterintencional. Al dejar sin efectos dicho fallo, el tribunal constitucional dispuso prescribir la acción penal a favor del tutelante.
A juicio del máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria, la SU-126 de 2022 debe ser declarada nula porque vulnera el derecho al debido proceso de la Sala de Casación Penal y el principio de subsidiariedad, teniendo en cuenta que el actor del amparo no agotó previamente los recursos dispuestos por la ley dentro del proceso penal en su contra.
“(…) Se desconoció el derecho de contradicción de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia en su condición de accionada, pues la Corte Constitucional resolvió un debate y fijó una posición interpretativa no propuestos por el peticionario y respecto de los cuales esta Sala no tuvo oportunidad de pronunciarse durante el trámite de la tutela”, consigna el pronunciamiento.
En ese sentido, advierte que la Corte Constitucional desconoció las reglas de su propia jurisprudencia, según la cual cuando se trata de una tutela contra una sentencia judicial de una Alta Corte, dado su carácter excepcionalísimo, la solución se debe limitar a los cargos propuestos en la demanda de tutela, sin que sea posible manifestarse sobre aspectos que no fueron alegados.
Así mismo, la Sala considera que se desconoció el principio de subsidiariedad debido a que se ignoró sin ninguna justificación la obligación que tenía el actor de agotar los recursos ordinarios y extraordinarios, como uno de los requisitos para que su tutela contra una providencia judicial fuera procedente. Tenía la posibilidad de ñresentar una acción de revisión y no lo hizo. “Esta regla no solo es una de las más antiguas y pacíficas de la jurisprudencia constitucional, sino una de las más estrictas, especialmente, cuando se trata de tutela contra providencias judiciales”, señala el documento.