Tome nota: Estas son las razones por las que Movilidad lo puede embargar en Bogotá
Entre enero y mayo de 2022, 44 mil deudores, con cobros coactivos, se pusieron al día con el pago de sus multas de tránsito.
Bogotá
Este lunes 18 de julio, la Secretaría Distrital de Movilidad ordenó el embargo de los productos bancarios y financieros a más de 16.000 deudores por infracciones de tránsito cometidas entre 2016 y 2019.
Según la Secretaría de Movilidad, la decisión se tomó luego de varios intentos fallidos con los ciudadanos en los que los incentivaban a pagar a través de un cobro persuasivo, además, se realizó un proceso de cobro coactivo mediante notificaciones del mandamiento de pago.
De acuerdo con esto, han surgido distintos interrogantes entre los ciudadanos de la capital, uno de ellos es: ¿Por qué me pueden embargar?
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Usted será embargado en caso de:
- Tener multas de tránsito y/o transporte pendientes desde el 2016
- Saldos pendientes
- Acuerdos de pago en mora
- Tener vehículos en los patios de la Secretaría Distrital de Movilidad
¿Qué me pueden embargar?
En caso de tener alguna deuda morosa, estipuladas anteriormente, Movilidad le podrá embargar cuentas bancarias, bienes inmuebles, vehículos e incluso, salarios y honorarios.
¿Cuál es el proceso de embargo?
Una vez se expida la resolución, en la que se declara al ciudadano como contraventor, se genera un cobro coactivo, esto luego de, aproximadamente, 30 días de cometer la infracción.
¿Cómo puedo averiguar si tengo alguna multa pendiente?
La Secretaría de Movilidad cuenta con una plataforma con la que el ciudadano puede consultar la existencia de infracciones, y de este mismo modo, pagarlos.
Cabe destacar, que los pagos los podrá realizar por medio de PSE o puntos Éxito, además, recuerde que, al conocer la multa, tendrá quince días, desde que se le impuso, para realizar un curso en la Secretaría y así, tener un descuento en el pago de su deuda.