Consejo de Estado falló a favor de Megabús en acción legal contra Promasivo
El fallo también libró a Promasivo del pago de reparación por más de 11 mil millones que Megabús había solicitado
Este proceso legal que venía vigente desde el año 2016, ya fue resuelto por medio de sentencia del Consejo de Estado en la que dio respuesta a dos solicitudes que se habían realizado entre las partes.
La primera está relacionada con la finalización anticipada del contrato de operación que tenía a cargo la concesión Promasivo al que la empresa Megabús le declaró caducidad por incumplimiento contractual, lo que condujo no sólo a la liquidación unilateral del contrato, sino a ordenar el pago de perjuicios, que según Mebagús, debería ser asumido por las sociedades Sistema Integrado de Transporte SI 99 S.A. y López Bedoya y Asociados Cía.
Dicho pago de perjuicios fue solicitado en la demanda interpuesta por Megabús S.A. por medio de un apartado que indica: “Cuantificar los perjuicios del incumplimiento grave en que ha incurrido el concesionario Promasivo S.A. en liquidación judicial en la suma de ONCE MIL TREINTA Y OCHO MILLONES CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS PESOS (11.038.045.800)”, que deberían ser requeridos a las sociedades mencionadas por ser los deudores solidarios de la sociedad Promasivo.
En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Risaralda estableció que tanto la declaratoria de caducidad del contrato y la liquidación unilateral se ajustaban al ordenamiento jurídico, pero el pago del valor resarcitorio no tenía validez, pues no se había establecido una cláusula penal de incumplimiento.
Pese a que la decisión fue apelada por SI 99, el Consejo de Estado ratificó la validez de la finalización anticipada del contrato y su liquidación unilateral, además de dejar sin efectos la estimación de la reparación por más de 11 mil millones de pesos.