Judicial

JEP niega tutela a la ARN y alertó que desprotegería a familiares de exfarc

Los magistrados cuestionaron que desde esa agencia del gobierno se buscara argumentar que los beneficios del Acuerdo de Paz para excombatientes asesinados no se pueden extender a sus familias.

Imagen de referencia de Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación. Foto: Colprensa

Imagen de referencia de Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación. Foto: Colprensa

La Sección de Revisión de Tutelas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó una tutela interpuesta por la Agencia para la Reincorporación y Normalización (ARN), en la cual pedían revocar varias órdenes que fueron adoptadas por la jurisdicción, tendientes a garantizar la protección de los familiares de excombatientes de las Farc asesinados.

Entre ellas, por ejemplo, buscaban tumbar el desembolso de la renta básica mensual para los familiares, pareja e hijos, de los y las exguerrilleras que fuesen asesinadas, para garantizar su sustento y hasta que esa entidad en conjunto con otras como el ICBF implementara una ruta para protegerlos.

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La JEP, decidió rechazar las pretensiones de la Agencia, argumentando que no hubo extralimitación de funciones y que cada orden estuvo sustentada en la ley y el Acuerdo de Paz, además, que el mismo acuerdo evoca la necesidad de que el gobierno y el Estado en general protejan los derechos de las familias.

“...resulta necesario para la JEP, en general, blindar las garantías no solo de los comparecientes en su proceso de reincorporación sino también de sus familias, pues de otra manera no se podría generar confianza para aquellos que depusieron las armas a cambio de que sus allegados también sean protegidos”, señala el fallo.

Además, en la decisión se indicó que no hubo vulneración alguna de derechos fundamentales de la Agencia como entidad, y le recordó que debe desembolsarse la renta básica e intervenir ante la compañía aseguradora debido a su condición como parte del contrato, para acompañar a los familiares en el proceso del pago de los auxilios funerarios, hasta que se adopte la ruta de protección mencionada previamente.

Asimismo, la Sección le recordó a la ARN que en las determinaciones anteriores que dieron origen a la protección de los familiares de los exguerrilleros, se les dio margen de maniobra, con miras a que implementen la metodología y el plan de acción para garantizar los derechos de los familiares de los excombatientes.

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