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Judicial

JEP no reevaluará la condena del general Arias Cabrales por Palacio de Justicia

Los magistrados criticaron duramente el escrito presentado por su abogada, señalando que fue sencillamente una reiteración de las afirmaciones ya rechazadas.

General (r) Jesús Armando Arias  / Holocausto del Palacio de Justicia (Colprensa)

General (r) Jesús Armando Arias / Holocausto del Palacio de Justicia (Colprensa)

La Sección de Revisión de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) cerró la puerta definitivamente a revisar la condena a 35 años de prisión contra el general (r) Jesús Armando Arias Cabrales por las muertes y desapariciones forzadas ocurridas en la retoma del Palacio de Justicia.

Los magistrados concluyeron que el escrito de subsanación de la petición presentada por la abogada del general fue bastante débil y no logró demostrar la trascendencia de las pruebas que aportó para que fueran “novedosas” y convencieran a la sala de revisar la condena contra el general.

En contexto

“...en un ejercicio de subsanación de una demanda, no basta con afirmar que se está en desacuerdo con la conclusión a la que arribó la autoridad judicial e insistir en la postura propia, sino que, se debe exponer una justificación e inclusive presentar elementos adicionales” señala el documento.

Además, sobre la postura de la defensa de Arias referente a la necesidad de que se reevalúe la sentencia por algunos de los casos de desaparición por los que fue sentenciado, debido a que los restos aparecieron y dificultades para la identificación de cuerpos, la Sección insistió en que eso ya lo había respondido y la abogada sencillamente reiteró lo que ellos ya decidieron en enero de este año, es decir, no admitir la demanda.

“...los argumentos señalados en el memorial de subsanación corresponden a una reiteración, esto es, a una referencia exacta, aunque bastante más escueta y confusa, de aquellos esbozados en la demanda de revisión inicialmente promovida, los cuales, naturalmente, fueron tenidos en cuenta en el análisis adelantado por la Sección” sentenciaron.

Así las cosas, los magistrados ordenaron remitir el expediente del general Jesús Armando Arias Cabrales a la Sala de Definición de la jurisdicción, encargada como en todos los casos de verificar el cumplimiento de las obligaciones de los comparecientes para que de esta manera quede a su disposición ante alguna eventual citación a declarar, o lo que considere.

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