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Millonaria multa a Claro por publicidad engañosa; a Tigo, por modificar contratos

La Superintendencia de Industria y Comercio impuso sanciones a estas dos empresas de telefonía por $2.877 millones.

Millonaria multa a Claro por publicidad engañosa; a Tigo, por modificar contratos. Foto: Getty Images y Colprensa.

La Superintendencia de Industria y Comercio multó a Claro por 1.534 millones de pesos por publicidad engañosa en las campañas: “¿Miedo? Ni que mis redes gastaran datos” y “Elijo disfrutar sin límites lo que me gusta”, pues la entidad evidenció que el uso de algunas funcionalidades de redes sociales – como las de iniciar sesión, hacer llamadas o videollamadas y transmitir en vivo – sí generaban consumo de los datos de los planes móviles de los usuarios.

“Así las cosas, se pudo establecer que, para justificar la imposibilidad de cumplir con lo prometido mediante la oferta publicitaria analizada, se valió de cláusulas que lo exoneraban de responsabilidad y trasladaban dicha carga a la aplicación”, advierte la entidad.

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También multó a Tigo por 1.343 millones de pesos por llevar a cabo prácticas que desconocen el derecho de los usuarios de mantener la titularidad de sus líneas móviles.

La entidad dijo que el operador Tigo habría:

  • Reutilizado y/o reciclado líneas móviles de usuarios sin el lleno de los requisitos regulatorios vigentes.
  • Modificado unilateralmente los contratos de prestación de servicios.
  • Desatendido los requerimientos de información efectuados en el marco de las averiguaciones preliminares que se adelantaban por dichas infracciones.

“Se pudo establecer que Tigo habría optado por realizar cambios en la titularidad de las líneas móviles de sus usuarios en modalidad prepago, sin que antes hubiesen pasado dos meses de inactividad del número de la línea móvil – es decir, sin realizar ni recibir llamadas, sin cursar tráfico de datos, sin enviar ni recibir SMS y, sin hacer recargas, ni tener saldos vigentes – y sin dar previo aviso a los usuarios. De este modo, dispuso libremente de las líneas en modalidad prepago que eran propiedad de sus usuarios, en contravención de las reglas previstas en la regulación vigente”, agregó la entidad.

Contra estas decisiones proceden los recursos de reposición y de apelación.