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Cae demanda que buscaba la destitución del rector de la Uniatlántico

El Tribunal Administrativo del Atlántico negó las pretensiones del proceso legal.

La demanda buscada la nulidad del acto por el que se designó al rector. Foto: Uniatlántico.

Después de que se conociera la demanda que pretendía la nulidad del Acuerdo Superior 000014 de octubre de 2021, por el que se anunció la escogencia de Danilo Hernández como rector de la institución, el Tribunal Administrativo del Atlántico falló a favor del actual funcionario.

Según el documento, el rector no tenía ninguna inhabilidad, a pesar de pertenecer con anterioridad al Consejo Superior del claustro académico.

Esto, debido a que "la restricción aplica únicamente en aquellos eventos en los que, luego de haber hecho parte del Consejo, la persona suscriba contratos de prestación de servicios dentro del año siguiente de su retiro”.

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De la misma manera, la universidad aseguró que la causal que se alegó en la demanda no está prevista como inhabilidad en el Estatuto General.

“En el caso que nos ocupa, el Estatuto General de la Universidad del Atlántico solo recoge las inhabilidades generales de la Ley y establece una de carácter especial del art. 25 EA”, manifestó María Andrea Bocanegra, Jefe de la Oficina Juridica.

Por su parte, la Sala determinó negar la nulidad del acto, una acción solicitada por los demandantes Néstor Lemus y Jairo Soto Molina, tras no constituir violaciones a las normas.

Así se negaron en su totalidad “las pretensiones de las demandas acumuladas en contra del acto de elección del señor Danilo Hernández Rodríguez como rector de la Universidad del Atlántico”, por las razones expuestas en la sentencia.

Recordemos que, según los demandantes, el directivo habría tenido el carácter de empleado público al pertenecer al Consejo Superior de la universidad y posteriormente ser designado como rector, sin que se cumpliera el periodo de inhabilidad de un año para ocupar el cargo, una causal que fue desestimada.