JEP niega tutela a ‘Otoniel’ en la que pedía frenar extradición hasta que termine de declarar
En el fallo conocido por La W se cuestionó al excomandante del Clan del Golfo, por estar (por medio de sus defensores), tomando vocería sobre las víctimas, a quienes no representan.
La Sección de Revisión de Tutelas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó conceder una tutela interpuesta por el excomandante del Clan del Golfo, Dairo Antonio Úsuga, alias ‘Otoniel’, por intermedio de sus abogados, en la cual buscaba que se suspendiera su extradición hasta que terminara de declarar ante el tribunal especial, alegando que de lo contrario se vulnerarían sus derechos y los de las víctimas.
De acuerdo con el fallo proferido por los magistrados, las pretensiones del excapo fueron rechazadas, indicando que aún cuenta con recursos legales para ejecutar y que la decisión que denegó su sometimiento a la JEP en calidad de tercero aún se encuentra en estudio en segunda instancia con miras a definir si queda en firme o no.
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“Como quiera que el recurso de alzada propuesto por el accionante se encuentra aún en término para ser resuelto, la presente acción constitucional se torna improcedente, máxime cuando el accionante consignó como fundamento de su apelación argumentos similares y con propósitos idénticos a los esbozados en la demanda de tutela”, concluyeron los jueces.
Además, la defensa de ‘Otoniel’ fue cuestionada por arrogarse la “vocería” de las víctimas, cuando sus abogados no representan los derechos de las mismas. La Procuraduría incluso señaló que la tutela buscaba “desestabilizar” las competencias de los jueces y crear un escenario de inseguridad jurídica.
“En consecuencia, se declarará la improcedencia de la acción de tutela por falta de legitimación en la causa por activa para reclamar la protección de los derechos fundamentales de las víctimas por parte del abogado quien, como quedó visto, no las representa”, sentenció la Sección.