Judicial

Condenan a dos hombres que abusaron de una menor de edad en Villavicencio

Se trata de José Camilo Pinzón y Gerardo Andrés Ortega Gómez, quienes fueron judicializados por los delitos de acceso carnal o acto sexual abusivo contra una menor de edad.

Condenan a dos hombres que abusaron de una menor de edad en Villavicencio. Foto de referencia: Getty Images. / naruecha jenthaisong

La contundencia del material probatorio recaudado por la Fiscalía General de la Nación permitió que el Tribunal Superior de Villavicencio revocara el fallo absolutorio que en primera instancia favoreció a José Camilo Pinzón y a Gerardo Andrés Ortega Gómez, judicializados por los delitos de acceso carnal o acto sexual abusivo con persona en incapacidad de resistir.

La determinación reciente se dio luego de que un fiscal de la Seccional Meta apelara la sentencia de un juez penal de Villavicencio que el 30 de noviembre de 2021 absolvió a los dos procesados.

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Esta nueva determinación le impone a Pinzón una pena de 17 años de prisión (204 meses) y el pago de una multa de 150 salarios mínimos legales vigentes. En este caso el magistrado consideró al procesado responsable de los delitos de acceso carnal o acto sexual abusivo con persona en incapacidad de resistir y pornografía con personas menores de 18 años.

Por su parte, Ortega Gómez, fue sentenciado con 16 años de prisión (192 meses), por los delitos de acceso carnal o acto sexual abusivo con persona en incapacidad de resistir.

Pinzón y Ortega fueron procesados por los referidos delitos contra la víctima, quien para la época de los hechos (abril de 2012) tenía 15 años de edad. Esta situación fue conocida por la hermana de la menor tras observar un video donde su familiar era agredido sexualmente por los hoy condenados.

En su decisión el Tribunal Superior de Villavicencio negó los subrogados de suspensión condicional de la ejecución de la pena y prisión domiciliaria contra los condenados.

El fallo podrá ser impugnado ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.