Listo borrador del decreto para restricción de parrillero en moto en Bogotá: arrancaría el 14 de abril
La restricción de parrillero en moto tendría vigencia hasta el 30 de junio del 2022.
Bogotá
Pese a las protestas de los motociclistas que se oponen a la prohibición del parrillero en moto los jueves, viernes y sábados, la alcaldesa Claudia López publicó el borrador de decreto para “comentarios”. Allí se confirma que la medida que empezará a regir a partir del 14 de abril a las 7:00 de la noche.
La alcaldesa publicó un video en el que explicó que ese borrador está disponible para toda la ciudadanía, y quienes así lo deseen, podrán realizar comentarios para cambios.
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Así las cosas, en el decreto se incluye “restringir en la ciudad de Bogotá el tránsito de motocicletas con acompañante desde las 7:00 de la noche hasta las 4:00 de la mañana del día siguiente, los días jueves, viernes y sábado. Dicha restricción iniciará a regir a partir del 14 de abril del 2022 y tendrá vigencia hasta el 30 de junio de 2022″.
También se confirma que conductores de vehículos automotores tipo motocicleta y sus acompañantes “deberán, como medida adicional a la de portar el número de placa en el casco de conformidad a lo establecido en la resolución 3027 de 2010 expedida por el Ministerio de Transporte, la de usar en su indumentaria en un lugar visible el número de placa asignada al vehículo, en letras y números reflectivos, cuyo tamaño será mínimo de 12 centímetros.”
Otra de las medidas que se confirma tiene que ver con la restricción en los parques de 10:00 de la noche a 4:00 de la mañana del día siguiente.
“Se restringe la permanencia y concentración de personas en parques, corredores ambientales y plazas urbanas de la ciudad de Bogotá, así como el consumo de bebidas alcohólicas y/o embriagantes en estos lugares, en aras de evitar comportamientos como los contemplados en el artículo 33 de la Ley 1801 de 2016, para garantizar la convivencia pacífica, la tranquilidad y condiciones de seguridad para los habitantes de la ciudad; sin perjuicio de lo establecido en el numeral 3 del Artículo 34 de la Ley 1801 de 2016″.