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Organizadores del Jamming podrían devolver el dinero de las boletas hasta el 2023

El festival se acogió al artículo 5, del decreto 818 del 4 de junio de 2020, el cual adopta medidas para la protección y mitigación del impacto del COVID-19 en el sector cultural.

Organizadores del Jamming podrían devolver el dinero de las boletas hasta el 2023

Organizadores del Jamming podrían devolver el dinero de las boletas hasta el 2023

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Organizadores del Jamming podrían devolver el dinero de las boletas hasta el 2023. Foto: Colprensa

Tras la repentina cancelación del Jamming, los organizadores señalaron que para la devolución del dinero deben enviar un correo hasta el 30 de marzo con esa petición. Lo que nunca quedó claro es cuándo harán esa devolución.

Pues hubo algo que pasó desapercibido que es clave y es que ellos señalaron en ese comunicado que la devolución la harán en el plazo establecido en el artículo 5 del decreto 818 del 2020, el cual da un alivio a los empresarios debido a la crisis económica causada por la pandemia del COVID-19.

Esto les permitiría aplazar el desembolso de las boletas hasta que termine la vigencia del decreto. Es decir, hasta el 30 de abril de 2023.

En contexto:

Paola Pantano, abogada especializada en derecho comercial de la firma Quintero & Quintero Abogados, afirmó que este decreto es aplicable a los organizadores del Jamming.

Paola Pantano, abogada especializada en derecho comercial de la firma Quintero & Quintero Abogados

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“Se permitió a los productores de espectáculos públicos con inscripción activa y vigente en el Pulep el reembolso o la devolución por venta de boletería que iban a ser realizados desde el 12 de marzo del 2020, momento en que inicia la pandemia, durante la emergencia sanitaria debidamente declarada por el Ministerio de Salud, y hasta por un año más”, sentenció la abogada.

En esto coincide Diego Márquez, abogado asociado a Del Hierro Abogados. “Aun cuando podría ser reprochable desde el punto de vista moral la causal de terminación del evento a situación del covid, cuando no estamos en el punto alto del COVID-19, jurídicamente sí aplica el artículo 5 del artículo 818 del 2020″, sentenció a W Radio.

Asimismo, señalan que para poder desligar el decreto de esta situación tendría que revocarse la emergencia sanitaria.

Recordemos que la Superintendencia de Industria y Comercio ya abrió una investigación administrativa y vigilará el proceso de devolución. Eso sí, en caso de que ocurra algo irregular en ese trámite, esa entidad podrá incluso multarlo.

Denuncias Jamming Festival 2022

03:17

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