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Los requisitos para pensionarse en Colombia

Los requisitos varían de acuerdo al régimen en el que hace su cotización a pensión, es decir, si lo hace en el público o privado.

Imagen de referencia pensionada. Foto: Getty / The Good Brigade

Colombia

Tenga en cuenta que la pensión es una garantía de ahorro para la vejez.

Así las cosas, los dos principales requisitos para recibir una pensión de vejez en Colombia es tener la edad, semanas cotizadas o el capital logrado, ya que depende del régimen al que esté cotizando.

De esta manera tenemos:

El Régimen de Prima Media (RPM) o Colpensiones que está encargado de administrar los recursos de los afiliados que van a un fondo común, de donde se financian las mesadas de quienes logren los requisitos para pensionarse.

Y, por otro lado, el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Rais), del que hacen parte los cuatro fondos de pensiones privados: Porvenir, Protección, Skandia y Colfondos.

¿Cuáles son los requisitos para pensionarse en Colombia?

Régimen de Prima Media (RPM) o Colpensiones

Para acceder a una mesada pensional en el RPM, los afiliados deben cumplir con dos condiciones:

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Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Rais)

En el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Rais) hacen parte cuatro fondos de pensiones privados: Porvenir, Protección, Skandia y Colfondos.

En este caso, los aportes individuales se invierten y generan intereses, por lo que cuando los afiliados se pensionan, reciben dinero del ahorro más los rendimientos.

En el caso del Rais, el único requisito que debe cumplirse para acceder a una pensión es reunir el capital suficiente para financiar una pensión que sea de más de 110% de un salario mínimo.

Sin embargo, quienes no alcancen ese monto pueden solicitar la garantía de pensión mínima, para lo cual deben cumplir dos requisitos:

  • Tener la edad de pensión: 62 años para los hombres y 57 para las mujeres
  • Y, haber cotizado un mínimo de 1.150 semanas.

¿Qué sucede si cotizo más de las semanas requeridas para pensionarme?

Las personas que decidieron por cotizar su pensión en fondo privados, pertenecen al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Rais), del que hacen parte: Porvenir, Protección, Skandia y Colfondos, de esta manera, además del aporte mensual, existe la opción de hacer aportes voluntarios a su pensión los cuales significarán un aumento en su mesada pensional cuando empiece a recibirla.

Igualmente, en este régimen también se puede reclamar el dinero aportado a pensión antes de cumplir el requisito de la edad mínima. Esta opción no existe para quienes cotizan en el Régimen de Prima Media (RPM) o Colpensiones, indicó el abogado Karim Hayek.

En ese sentido, cuando una persona cumple con las 1.300 semanas cotizadas en el Régimen de Prima Media, se inicia con un porcentaje de pensión del 65 % sobre el ingreso base de liquidación de los afiliados.

En caso de que se cotice por encima de las semanas obligatorias, el porcentaje de la mesada pensional a recibir podría aumentar hasta un máximo del 80 %, explicó Hayek.

Si se empieza a cotizar desde muy joven, puede ser que cotice más de las 1.300 semanas mientras se cumple con la edad, si esto ocurre, podrá ver reflejado un aumento en la pensión a recibir.

Recuerde que el valor de su pensión será el valor promedio del salario que haya recibido durante los últimos diez años antes de pensionarse. Tenga en cuenta que en el Sistema de Seguridad Social Integral el tope máximo de una pensión es de 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes.