Judicial

Tribunal reconoce recursos para el movimiento político Salvación Nacional

El movimiento político Salvación Nacional pedía lo mismos beneficios económicos que Comunes.

Tribunal reconoce recursos para el movimiento Salvación Nacional. Foto: Colprensa.

Tribunal reconoce recursos para el movimiento Salvación Nacional. Foto: Colprensa.

Colombia

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca respondió a la petición impuesta por miembros del movimiento político Salvación Nacional, que recuperó personería Jurídica con ocasión de la decisión de la Corte Constitucional que revivió el nuevo liberalismo.

El partido pedía que le den los mismos recursos que se le otorgaron al partido político Comunes de las Farc.

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Al respecto, alegaban “desigualdad generada entre los beneficios económicos conferidos al Movimiento Político Farc – Partido Comunes para el año 2018, y los concedidos para el movimiento de Salvación Nacional cuando recuperó la personería jurídica”.

Debido a esto, los integrantes del movimiento alegaron una desigualdad notoria en el presupuesto que iría destinado para el fortalecimiento de su partido y el funcionamiento de un centro de formación política.

Sobre ello, el Tribunal se negó a reconocerles lo mismo que se les da a Comunes pero les otorgó los recursos por los votos obtenidos en las elecciones del 94.

Los magistrados le ordenaron al registrador nacional, al presidente del Consejo Nacional Electoral y al Fondo de Financiación Política, disponer en un plazo de “48 horas contadas a partir de la notificación de la sentencia, para disponer lo necesario para reconocer, autorizar y girar el anticipo de financiación al Movimiento de Salvación Nacional para las elecciones de congresistas y presidente que se llevarán a cabo en el año 2022″, se lee en el fallo judicial.

De esta manera, la sentencia señala que, se debe como referente el total de votos emitidos válidamente en el territorio nacional en la elección de Senado de la República y de Cámara de Representantes en 1994 y el número de curules obtenidas en la elección del Congreso de la República realizada ese mismo año.

Según el Tribunal, la referencia parte desde 1994, cuando aún era liderado por Álvaro Gómez Hurtado, pues fue la última vez que Salvación Nacional participó de manera igualitaria y sin el escenario de “aparente discriminación en el acceso a los recursos”, se lee en la sentencia.

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