Economía

¿Realiza transacciones con criptomonedas? Ahora deberá reportarlo ante la Uiaf

Le contamos en qué casos debe hacerlo y cómo es el trámite.

¿Realiza transacciones con criptomonedas? Ahora deberá reportarlo ante la Uiaf

¿Realiza transacciones con criptomonedas? Ahora deberá reportarlo ante la Uiaf / George

La W conoció que a partir del 1 de abril de 2022, las personas y empresas que realicen transacciones con activos virtuales, como bitcoin o cualquier otra criptomoneda, superiores a 150 dólares, es decir, alrededor de $590.052 (si son individuales) o 450 dólares, alrededor de $1′770.000 (si son múltiples) deberán reportarlo de manera mensual a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), para prevenir que esas operaciones sean utilizadas para fines ilícitos como lavado de activos y la financiación del terrorismo.

Para ello, los nuevos sujetos obligados deberán darse de alta en SIREL a través de la página web de la UIAF (www.uiaf.gov.co), sección SIREL, solicitando código y usuario.

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Además, según la resolución 314 de 2021, también las empresas de activos virtuales y proveedores tendrán la obligación de enviar Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) a la Unidad, cuando adviertan posibles operaciones de lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo en las transacciones o actividades.

El envío de los ROS debe realizarlo a través del Sistema de Reporte en Línea (SIREL) de la UIAF.

Recordemos que aunque estas operaciones en el país no son por sí mismas ilegales, se está realizando un piloto para hacer operaciones de transferencias y retiros, pero ya se puede comprar con estos activos virtuales en muchas empresas como Olfabrand o La Haus.

Los activos virtuales han creado una situación que amerita la intervención de la UIAF, en la medida en que, si bien son operaciones que en Colombia no son por sí misma ilegales, sí pueden prestarse para actividades ilícitas, debido al anonimato o pseudoanonimato en las transacciones, la ausencia de un respaldo por parte del banco central y el no reconocimiento como un instrumento que tenga poder liberatorio”, se lee en la resolución.

(Puede ver la resolución aquí: https://www.uiaf.gov.co/recursos_user/Documentos%20de%20Interes%20Ciudadania/Resoluci%C3%B3n_314_de_2021_AV.pdf)

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