Judicial

Nueva derrota jurídica de Diego Cadena

El Tribunal Superior de Bogotá negó la acción de tutela con la que pretendía quedar en libertad.

Diego Cadena. Foto/Colprensa.

Colombia

El llamado abogánster Diego Cadena no levanta cabeza.

A la sanción de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá que le prohíbe ejercer como abogado por tres años, se suma ahora otra derrota jurídica.

Diego Cadena presentó una acción de tutela ante el Tribunal Superior de Bogotá con la que pretendía quedar en libertad.

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Sin embargo, le negaron la tutela.

Tendrá que seguir en su cómoda detención domiciliaria, que desde luego es cómoda y es domiciliaria pero no deja de ser detención.

Cadena quería convertir la tutela en una especie de tercera instancia sobre las cuentas de su proceso.

En octubre del año pasado un juez penal municipal había decidió que Cadena quedara en libertad por vencimiento de términos, un tema en el que Iván Cancino, su abogado, es uno de los mayores especialistas del país. ¿Alguien lo duda?

La Fiscalía y el apoderado de víctimas, el abogado Reynaldo Villalba, recurrieron esa decisión que fue resuelta ante un despacho de mayor jerarquía: Un juzgado penal del circuito encontró que el vencimiento de términos obedecía en gran parte a maniobras dilatorias de la defensa de Cadena, es decir de Iván Cancino, y por eso revocó la orden de libertad.

Hubo demoras en la notificación de la decisión y por tal razón, Cadena siguió por semanas “libre como el sol cuando el sol cuando amanece” aunque el beneficio ya le había sido revocado.

La Procuraduría y la Fiscalía han sostenido que la actitud de la defensa se ha orientado más a buscar el vencimiento de términos que la pronta y cumplida administración de justicia.

Adicionalmente, el fiscal del caso sostiene que hubo otras maniobras dilatorias por parte de la defensa, es decir de Iván Cancino, quien no hizo observaciones al descubrimiento probatorio en fecha previa a la fijada para la audiencia preparatoria.

Se quedó calladito y vino a pedir unas copias que, según él le hacían falta, 141 días después, justo el día de esa audiencia. ¿Para qué? Pues para que se vencieran los términos.

Pues bien, el Tribunal Superior de Bogotá no solo decide contra Diego Cadena y su abogado Iván Cancino sino que les jala las orejas. La sentencia señala “no es posible que el juez de tutela se introduzca en el procedimiento legal para hacer otro estudio desde la perspectiva del peticionario, para contrastarlo con las instancias judiciales legales, pues esta no es una tercera instancia para discutir las decisiones de los jueces”.

Afirma el Tribunal que a Cadena le fueron respetados su derecho a la defensa y a la contradicción. Tuvo a su alcance y usó los recursos establecidos en la ley y afirma en ninguna instancia le afectaron el debido proceso.

El fallo de tutela asegura que Cadena y Cancino no presentaron una sola prueba de sus alegatos. Solo querían que los jueces de amparo asumieran como cierta su particular interpretación de las normas.

La sentencia está firmada por los magistrados del Tribunal Superior de Bogotá Hermens Darío Lara, Manuel Antonio Merchán y John Jairo Ortiz.