Judicial

Por incremento injustificado de su patrimonio, Procuraduría destituyó a exalcalde de Tocancipá

La Procuraduría también encontró que la hija del disciplinario incrementó su patrimonio durante el año 2016 y a octubre de 2018 en $48.580.000, $175.181.000 y $184.942.000.

Por incremento injustificado de su patrimonio, Procuraduría destituyó a exalcalde de Tocancipá. (Colprensa-Sergio Acero)

Por incremento injustificado de su patrimonio, Procuraduría destituyó a exalcalde de Tocancipá. (Colprensa-Sergio Acero) / Sergio Acero

La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad general por 11 años al exalcalde de Tocancipá, Cundinamarca, Walfrando Adolfo Forero Bejarano, por incremento injustificado de su patrimonio y el de su grupo familiar de más de $950.000.000.

Según análisis de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales (DNIE) de la Procuraduría, al confrontar las fuentes de los ingresos del exmandatario con los usos generados, se encontró una diferencia sin justificación alguna, la primera correspondiente al año 2016 por la suma de $61.425.000, y la segunda con corte a octubre de 2018 por valor de $172.278.000.

Así mismo, el estudio elaborado por servidores de la DNIE encontró que los familiares del investigado también incrementaron de manera injustificada su patrimonio. Es el caso de la esposa, quien para el año 2016, 2017 y a octubre de 2018 incrementó su patrimonio en $51.836.000, $36.149.000 y 34.989.000 respectivamente, sin encontrar una fuente de ingresos que permitiera materializar sus usos o aplicaciones.

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La Procuraduría también encontró que la hija del disciplinario incrementó su patrimonio durante el año 2016 y a octubre de 2018 en $48.580.000, $175.181.000 y $184.942.000, y el hijo aparece con una diferencia por justificar por valor de $86.018.000 en 2018.

Adicionalmente, la Procuraduría encontró que el disciplinado omitió el deber de presentar de manera completa la declaración de bienes y rentas, al momento de tomar posesión en el cargo, puesto que no señaló la existencia de la Sociedad Megapolis 36Z S.A., la cual fue constituida en la República de Panamá.

Por estos dos hechos, el ente de control calificó la primera falta disciplinaria como gravísima a título de dolo, por el incremento patrimonial. En cuanto al segundo cargo, relacionado con la participación accionaria de la Megapolis 36Z S.A. y omisión de señalar en la declaración juramentada de bienes y rentas su participación, fue calificada como grave a título de dolo.

En la misma decisión se ordenó la terminación y en consecuencia el archivo por las irregularidades relacionadas con la presentación del informe ante el Concejo Municipal de Tocancipá, a la asistencia de la Misión Académica en Europa los días 12 al 18 de noviembre de 2016.

Contra esta decisión de primera instancia se presentó recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores de Elección Popular.

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