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Admiten tutela contra la EPS Coomeva a favor de pacientes con limitaciones

La acción constitucional solicita la reactivación de los servicios para la población con discapacidades físicas y mentales en Barranquilla.

 Los padres de los menores ya se habrían quejado por la situación. Foto: Getty Images(Thot).

Los padres de los menores ya se habrían quejado por la situación. Foto: Getty Images(Thot).

Este martes se dio a conocer la admisión de la tutela por parte de la Juez Tercera Civil Municipal de Oralidad de Barranquilla, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales a la vida, la salud e integridad, de los pacientes con limitaciones físicas y mentales, que en días pasados habían denunciado que Coomeva EPS les negó la asistencia de enfermeras en sus domicilios.

Los afectados, de los que hacen parte menores de edad, adolescentes y adultos mayores en condición de discapacidad, requieren por prescripción médica el acompañamiento de las enfermeras, que habría sido suspendido de manera arbitraria desde el 28 de diciembre del pasado año.

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Como agentes oficiosos de las víctimas, la acción fue interpuesta por el Personero Distrital, Miguel Ángel Álzate, el Defensor del Pueblo, Miguel Linero De Cambil y la Procuradora Provincial y Regional del Atlántico, Margarita De La Hoz.

Hay que recordar que, Coomeva EPS se encuentra intervenida desde septiembre del pasado año 2021, por parte de la Superintendencia de Salud.

En el fallo, la Juez advierte la urgencia de atender el requerimiento y le ordena a Coomeva EPS que, en el término de 48 horas, se garantice la prestación del servicio.

En días anteriores, la EPS habría respondido que no ha negado la prestación del servicio, sino que redujo la cantidad de horas por conceptos médicos generales. Sin embargo, esa decisión hace caso omiso a las prescripciones de especialistas de las personas con condiciones cognitivas y físicas especiales, que requieren acompañamiento permanente.

Por esta razón, desde la Personería Distrital de Barranquilla y otros entes, se constituyó una negación del servicio, que afecta los derechos fundamentales del grupo de pacientes.

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