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Procuraduría apeló medida de casa por cárcel de la presidenta del Concejo de Cartagena

La representante del Ministerio Público dijo que la concejal Gloria Estrada podría obstruir el proceso, por lo que pidió que la manden a la cárcel.

Audiencia contra la presidenta del Concejo de Cartagena, Gloria Estrada. Crédito: Captura de pantalla.

Audiencia contra la presidenta del Concejo de Cartagena, Gloria Estrada. Crédito: Captura de pantalla.

La audiencia de solicitud de medida de aseguramiento contra la presidenta del Concejo de Cartagena, Gloria Estrada Benavides, Avelino Villamizar y Martín Barreto, capturados con droga, armas y dinero en efectivo, terminó este jueves con una apelación de la delegada de la Procuraduría contra la medida de casa por cárcel que el Juez 18 Penal Municipal impuso a Estrada y a Villamizar.

El togado decidió cobijar con medida de tención en centro de reclusión solo a Barreto, novio de Estrada y dueño de la camioneta en la que la Policía encontró un kilo de cocaína. El Juez determinó que la medida contra Barreto fuera en una cárcel porque, además de fabricación, tráfico y porte de estupefacientes, la Fiscalía también le imputó porte ilegal de armas de fuego.

Sin embargo, la representante del Ministerio Público consideró que el Juez no tuvo en cuenta que Estrada, en su calidad de concejal y estando detenida en su casa y no en una cárcel, podría entorpecer el proceso en su contra.

“Ambas personas (Estrada y Villamizar) desde su lugar de residencia eventualmente pueden tener mayor potencialidad para interferir con la resulta del proceso, que es exactamente lo que se pretende proteger desde el punto de vista constitucional con la imposición de una medida privativa de libertad”, expresó la delegada de la Procuraduría.

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Y continuó con su solicitud: “Por tanto presento este recurso de apelación de manera respetuosa, para que se revoque la medida de aseguramiento preventiva en el lugar de residencia que ha sido dispuesta respecto de la señora Gloria Isabel Estrada Benavides y el señor Avelino Villamizar y para que en su lugar se les imponga medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario conforme se solicitara originalmente por la Fiscalía General de la Nación”.

Al conocer de la apelación, el Juez 18 Penal Municipal dio traslado para que la misma sea conocida, revisada y resuelta por su superior jerárquico que definirá si Estrada y Villamizar permanecerán con la medida de detención domiciliaria o si son enviados a una cárcel.

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