Incapacidades médicas COVID-19: ¿En qué casos se necesita una prueba PCR?
En diálogo con la W, Isis Andrea Muñoz, viceministra de Relaciones Laborales e Inspección del Ministerio del Trabajo explicó.
Incapacidades médicas COVID-19: ¿En qué casos se necesita una prueba para COVID-19?
Colombia
En los micrófonos de W Radio Isis Andrea Muñoz, viceministra de Relaciones Laborales e Inspección del Ministerio del Trabajo explicó todo lo que debe saber sobre las incapacidades médicas por síntomas o contagio de COVID-19 debido a las dudas que han presentado varios empleadores y trabajadores.
Al respecto, Muñoz explicó que, con la expedición de la circular 04 de 2022 se logró orientar a los empleadores, Instituciones Prestadoras de Salud (IPS) y trabajadores dependientes e independientes sobre el tratamiento laboral o de servicios de aquellas personas que tengan síntomas, sean asintomáticas o den positivo para COVID-19.
Lea también
Igualmente, precisó que las empresas deben permitir el aislamiento de sus trabajadores por 7 días desde el momento en que inicien los síntomas por un posible caso de COVID-19 sin necesidad de que exista una prueba que confirme ese diagnóstico.
En lo que se refiere a la exigencia que los empleadores hagan sobre las pruebas PCR COVID-19, la viceministra indicó que, excepcionalmente se deben solicitar solamente en dos casos:
- Cuando la persona sea mayor a 60 años o menor de 3,
- Y, si los trabajadores tienen factores de riesgo o comorbilidades.
Finalmente, la viceministra señaló que para las incapacidades por COVID-19 puede expedirse un certificado de aislamiento o el certificado de la incapacidad médica el cual debe respetar la autonomía de los médicos y de acuerdo al estado de salud de los trabajadores afectados.