JEP mantiene imputación contra las Farc por crímenes de esclavitud
El Tribunal de Paz rechazó las observaciones del antiguo secretariado de la extinta guerrilla, pero les dio un plazo para presentar observaciones.
La Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) confirmó y dejó en firme la imputación en contra de los exintegrantes del secretariado de las extintas Farc, por responsabilidad de mando en crímenes de esclavitud, al rechazar las observaciones en las que pedían revocar esa calificación.
Los magistrados señalaron que contrario al desconocimiento que alegaron los excombatientes sobre conductas de trabajos forzados en la guerrilla, sí tenían a la mano la información necesaria para evitar que los secuestrados civiles fueran obligados a servir forzosamente a las Farc.
“...aun cuando los comparecientes señalaron que no tuvieron conocimiento de los maltratos ejecutados por sus subalternos, no se preocuparon por vigilar que se cumplieran condiciones mínimas de dignidad humana, ni castigaron por el maltrato que se representaba como probable a la luz del curso de los hechos”, se lee en el documento.
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Además, sobre las críticas de los comparecientes a que se les añada una nueva imputación cuando han reconocido tratos crueles e inhumanos durante los secuestros, la JEP respondió que precisamente las víctimas acuden al tribunal con el fin de obtener la mayor verdad y reconocimiento posible.
Para sustentar lo anterior, la Sala les puso de presente que fue muy cuidadosa en elegir cuáles casos constituían ese crimen, desestimando aquellos donde las personas fueron privadas de la libertad pocos días, o sometidas a trabajos de corta duración.
Además, explicó que dividió las categorías de trabajos forzados en cuatro claramente identificables como el sometimiento a las víctimas como castigo por ser presuntos informantes del “enemigo”, por desobedecer a la guerrilla, como pago por su libertad y otros asuntos, lo anterior para acreditar esos patrones.
“La Sala debe reportar que las víctimas insisten en que no fueron trabajos consentidos dentro de un contexto de privación de la libertad, no pueden ser entendidas como trabajo ocupacional, ya que la condición de su privación de la libertad las despojaba de toda voluntad de consentir”, concluyeron.
Aunque los magistrados rechazaron revocar la imputación por esclavitud, eso sí le dieron un plazo de 30 días a los excomandantes de las Farc para que presenten sus observaciones a los crímenes endilgados, las cuales serán tenidas en cuenta al momento de proferir la resolución de conclusiones que será presentada ante la Sección de Primera Instancia del Tribunal de Paz, y allí cuando sean sentenciados se definirá de fondo si son responsables.