Lo ocurrido en Bogotá en septiembre de 2020 fue una masacre policial: informe de relatoría
El informe señala que los días 9 y 10 de septiembre de 2020 la Policía reaccionó de forma “desproporcionada, ilegal y apartada del principio de humanidad”.
Lo ocurrido en Bogotá en septiembre de 2020 fue una masacre policial: informe de relatoría
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La relatoría documentó 14 asesinatos, lesiones de al menos 75 personas por arma de fuego, 43 por arma cortopunzante, 187 por otro tipo de lesiones
Bogotá
Una relatoría que será presentada este lunes en Bogotá y que fue solicitada por la alcaldesa Claudia López deja en evidencia, lo ocurrido en las noches del 9 y 10 de septiembre de 2020, tras las protestas por el asesinato de Javier Ordóñez en el sector de Villa Luz a manos de policías y en el municipio de Soacha.
Según el informe, la acción violenta de los agentes de Policía se concentró en contra de los jóvenes de los sectores populares de Bogotá y Soacha. “El resultado de esta tragedia deja ver que existe una criminalización de la pobreza por parte de la fuerza pública de la que se desprenden acciones autoritarias e ilegales en contra de los habitantes de ciertos sectores sociales”.
Además, la relatoría documentó 14 asesinatos, lesiones de al menos 75 personas por arma de fuego, 43 por arma cortopunzante, 187 por otro tipo de lesiones y las heridas provocadas a al menos 216 miembros de la policía heridos. “La subordinación de la Policía a los alcaldes y gobernadores no es una realidad fáctica”, enfatiza el informe.
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Sobre el uso indiscriminado de armas de fuego en estas jornadas por parte de policías, según la relatoría, estuvo determinado por “la falta de una orden expresa y jerárquica de no disparar, como parte de las funciones de supervisión y control de las autoridades civiles y policiales ante la evidencia de uso excesivo de la fuerza letal en varios puntos de la ciudad”.
“El despliegue de reacciones y unidades de apoyo de la Policía de Vigilancia a CAI donde había escalado la violencia, a sabiendas de que estas unidades portaban armas de dotación y de que la necesidad operacional era la disuasión y control de disturbios”.
Eso sin contar, dice el informe, con “la pérdida de trazabilidad del mando entre las unidades desplegadas en los puntos de concentración, con órdenes contrapuestas y abiertamente discrecionales sobre la realización y el manejo de los dispositivos. La falta de lineamientos sobre la retirada de los policiales de los CAI que estaban siendo incendiados o vandalizado.”
En cuanto a las versiones sobre un plan sistemático para atacar a la Policía durante las protestas, “la relatoría pudo establecer que pronunciamientos públicos realizados por altos funcionarios del Estado en los que afirmaron que los ataques contra la PONAL y su infraestructura durante las jornadas de protesta del 9 y el 10 de septiembre obedecieron a un plan preconcebido y sistemático para atacar la institución no cuentan con asidero en una investigación criminal, como lo aseguraron en diferentes escenarios.”.
Por lo que esto constituye un grave caso de estigmatización de la protesta social con hondos efectos en las garantías de no repetición. “El 9 y el 10 de septiembre ocurrió un número indeterminado de detenciones arbitrarias, las cuales estuvieron condicionadas por la no disponibilidad de un Centro de Traslado por Protección en la ciudad de Bogotá durante los días 8, 9, 10 y 11 de septiembre del año 2020.”
“La falta de una orden directa de protección a la vida de los uniformados tiene sustento en la formación policial, pues en abstracto, la vida de los efectivos de la PONAL siempre está en riesgo y la amenaza es inherente a la profesión. Para afrontar este supuesto, está el uso de la violencia letal, que procede de manera excepcional, proporcional y absolutamente necesaria, para defender su vida e integridad o la de cualquier otra persona que se encuentre frente a una amenaza seria y actual”.
“En esta línea de análisis, y dado que las condiciones en que se presentó la protesta del 9S fueron atípicas, es cuestionable la falta de una orden directa y clara de no disparar. Sin embargo, prima facie parece asistir razón a la PONAL cuando señala que no es necesario emitir una orden de no utilizar armas de fuego en el contexto de las manifestaciones, porque este mandato es rastreable en todos y cada uno de los instrumentos jurídicos que rigen en uso de la fuerza en este escenario.”