Tribunal tumba fallo que había frenado la modificación a la ley de garantías
El Consejo de Estado deberá decidir en primera instancia.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca decretó la nulidad del fallo de un juez de la república en el cual decidió frenar la modificación a la ley de garantías.
“DECLÁRASE la nulidad de todo lo actuado a partir del auto admisorio del veintisiete (27) de octubre de dos mil veintiuno (2021), dictado por el Juzgado Tercero (3º) Administrativo de Bogotá, en la forma solicitada por el señor Secretario Jurídico de la Presidencia de la República, por las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta providencia.”
La alta Corporación decidió vincular al presidente de la república Iván Duque como parte demandada en el presente medio de control.
Además, el expediente fue remitido al Consejo de Estado para lo de su competencia.
“Le corresponderá entonces al Honorable Consejo de Estado, en el auto admisorio de la acción de tutela, disponer las demás órdenes a que haya lugar, incluyendo la intervención de todas las autoridades territoriales que han concurrido al proceso.” señala el fallo.
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Para el tribunal administrativo la vinculación del presidente era necesaria, además señala que el Juzgado carecía de competencia para tramitar la acción de tutela de la referencia.
“... en consideración la competencia para conocer del asunto corresponde exclusivamente al H. Consejo de Estado, siendo necesario decretar la nulidad de todo lo actuado y en consecuencia remitir el expediente a la autoridad competente de manera inmediata..”