Economía

Inhabilitan a empresa que ofrecía inversiones en el exterior sin permiso

Stone Eagle Capital, propiedad de Pablo Felipe Acevedo y Cristhian León Parada no podrán promocionar más productos propios de brokers extranjeros.

Superintendencia Financiera de Colombia. Foto: https://superfinanciera.gov.co

Superintendencia Financiera de Colombia. Foto: https://superfinanciera.gov.co(Thot)

La Superintendencia Financiera de Colombia le ordenó a la sociedad Stone Eagle Capital S.A.S., que es una empresa que de forma ilegal estaba ofreciendo a personas en el país realizar inversiones en el exterior, suspender la operación y la promoción de productos y servicios de las plataformas Tradezero Securities Inc Scb, Tradestation Securities Inc & Tastyworks Inc.

Esta entidad también les ordenó a Pablo Felipe Acevedo Cuéllar y Cristhian Leonardo León Parada, quienes son los representantes de esa sociedad, retirar cualquier término, palabra o alusión de todos los medios de promoción o publicidad empleados mediante los cuales se dé a entender que cuentan con la autorización para promocionar los productos y servicios de las plataformas extranjeras.

El ‘modus operandi’ de esta sociedad consiste en recaudar dineros de las personas interesadas para dirigirlos a las entidades extranjeras, al parecer, con el fin de negociar con activos financieros a disposición de la sociedad y en donde el inversionista no toma decisión alguna respecto del direccionamiento de los recursos que entrega y ve limitada su actuación en el negocio.

De este modo, la Superfinanciera determinó que Cristhian Leonardo León Parada promocionó mediante el voz a voz la “asesoría financiera” para el direccionamiento de los recursos de personas a sociedades constituidas en el extranjero para invertir en activos financieros a través de operaciones propias del mercado de valores, por intermedio de la sociedad Stone Eagle Capital S.A.S.

Finalmente, esta entidad recordó que la promoción o publicidad de productos o servicios del mercado de valores de entidades extranjeras a residentes en el país sólo puede llevarse a cabo a través de oficinas de representación o contratos de corresponsalía con sociedades comisionistas de bolsa o corporaciones financieras que hayan sido autorizadas previamente por la Superfinanciera.

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