Declaran culpables de homicidio culposo a directivos de CDO e ingeniero calculista
La audiencia de lectura de fallo se adelantará el próximo 18 de diciembre a las 9 de la mañana.
El Juzgado Primero Penal del Circuito de Medellín, con funciones de conocimiento, emitió sentido de fallo condenatorio por el homicidio culposo de Juan Esteban Cantor, contra de Pablo Villegas Mesa, representante legal de Lérida CDO S.A., María Cecilia Posada, directora de proyectos de la constructora y Jorge de Jesús Aristizábal Ochoa, ingeniero estructuralista del Conjunto Residencial Space.
Debido a que la pena por homicidio culposo oscila entre 2 y 5 años de prisión y es excarcelable, los tres sindicados conservarán su derecho a la libertad. Solo hasta el próximo 18 de diciembre a las 9:00 am, se adelantará la audiencia de lectura de fallo.
Ángela Cantor, hermana del joven universitario que falleció el pasado 12 de octubre junto con otras 11 personas, tras el desplome de la torre 6 del Edificio Space, manifestó que aspira a que “esto le sirva a ellos para que tomen conciencia. Ojalá esta situación marque un precedente para la ciudadanía, para que no permitamos que sigan pasando estos atropellos y que las personas que construyen ilegalmente puedan tener su licencia como si nada y no pase nada. Para nosotros que los priven de la libertad, no es algo que nos de satisfacción, ni era lo que perseguíamos. Perseguíamos la verdad y la justicia”.
Cabe recordar, que según el informe técnico presentado por la Fiscalía, hubo más de 6.000 errores en la construcción del edificio Space, incluso desde las etapas de diseño y cálculo. Además, hubo graves fallas en la utilización y mezcla de los materiales utilizados.
Según las pruebas obtenidas por el organismo investigador, la obra fue diseñada sin el respeto por las normas de sismorresistencia expedidas en los años 1998 y 2002. Lo que “lleva a concluir que si se hubiera dado un sismo, el edificio no hubiese aguantado”, como lo revela el informe de los peritos.
Así mismo, la juez, durante la audiencia recapituló que la infraestructura no había sido diseñada para el rendimiento menor de cargas, pues no era apto para soportar su propio peso, ni las cargas vivas y muertas. Así mismo, que presentaba defectos ostensibles de cálculo y diseño estructural.
Los familiares de las otras 11 personas fallecidas en el desplome de la infraestructura, fueron indemnizadas de manera integral por la firma constructora y en consecuencia, la Fiscalía precluyó la investigación por esos homicidios.