Consejo de Estado ordena a hotel Hilton de Cartagena restituir terrenos que antes eran mar
La sección tercera del Consejo de Estado ordenó devolver 26.951 metros arrebatados al mar, por medio de la construcción de un parque con las mismas dimensiones del terreno.
El Consejo de Estado le ordenó a la Compañía Hotelera de Cartagena de Indias S.A. (Hotel Hilton) restituir a la nación 26.951 metros que le fueron arrebatados al mar, en el sector del barrio El Laguito.
En una acción popular interpuesta en el año 2001 por un particular, alego que la compañía hotelera se apropio de algunas zonas de playa y bajamar que le pertenecían a la Nación, lo cual configura un cambio de destinación de terrenos de uso público.
Con la ponencia del magistrado Enrique Gil Botero, la sección tercera del Consejo de Estado encontró que la compañía se apropio de dichos terrenos que antes constituían mar, y que son bienes de uso público.
Sin embargo, la sentencia explica que “como ordenar la demolición del hotel Hilton podría causar grandes perjuicios, la sala le ordena a la compañía adquirir un terreno con la misma porción con la extensión que le fue arrebatada al mar, para que se construya un parque destinado al uso y recreación de toda la comunidad, en un plazo improrrogable de tres años”, agrega la máxima Corporación de lo contencioso administrativo.
“Este parque será administrado por el Distrito de Cartagena, pero los costos de mantenimiento serán de cargo de la Compañía Hotelera de Cartagena de Indias S.A., durante los primeros 30 años, es decir, por un tiempo igual al que llevan edificadas las construcciones que se hicieron en la porción que le fue arrebatada al mar”, indica la sentencia.
En una acción popular interpuesta en el año 2001 por un particular, alego que la compañía hotelera se apropio de algunas zonas de playa y bajamar que le pertenecían a la Nación, lo cual configura un cambio de destinación de terrenos de uso público.
Con la ponencia del magistrado Enrique Gil Botero, la sección tercera del Consejo de Estado encontró que la compañía se apropio de dichos terrenos que antes constituían mar, y que son bienes de uso público.
Sin embargo, la sentencia explica que “como ordenar la demolición del hotel Hilton podría causar grandes perjuicios, la sala le ordena a la compañía adquirir un terreno con la misma porción con la extensión que le fue arrebatada al mar, para que se construya un parque destinado al uso y recreación de toda la comunidad, en un plazo improrrogable de tres años”, agrega la máxima Corporación de lo contencioso administrativo.
“Este parque será administrado por el Distrito de Cartagena, pero los costos de mantenimiento serán de cargo de la Compañía Hotelera de Cartagena de Indias S.A., durante los primeros 30 años, es decir, por un tiempo igual al que llevan edificadas las construcciones que se hicieron en la porción que le fue arrebatada al mar”, indica la sentencia.