Todavía le queda una opción a 'El Paisa' en la JEP pese a la orden de captura
La JEP estimó que El Paisa nunca presentó una excusa que determinara exactamente el motivo por el cual no comparecía.
Pese a que la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), no expulsó a Hernán Darío Velásquez Saldarriaga, alias ‘El Paisa’, de la justicia transicional, sí puso en jaque al ex combatiente de las Farc por su no comparecencia cuando ha sido citado.
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Así se evidencia en el fallo de 90 páginas que adoptó la Sala de la JEP, donde revocó el beneficio de la libertad condicional contra Velásquez Saldarriaga y ordenó a la Policía Nacional y a la Interpol su captura y la inscripción de la orden en el sistema de Información de Antecedentes y Anotaciones (Sian), para que sea buscado en el territorio nacional y en el exterior.
La Sala de Reconocimiento también decretó que ‘El Paisa’ perdió los beneficios económicos de renta básica del que trata el artículo 8 del decreto 899 de 2017, el cual se le había otorgado al exmiembro de las Farc, por lo que se pidió a la Agencia para la Reincorporación que cancele este beneficio a su cargo.
Así mismo, declaró que, como consecuencia de su falta de comparecencia a contribuir efectivamente a la satisfacción de los derechos de las víctimas, Velásquez Saldarriaga no es elegible para la sanción propia de las Jurisdicción Especial para la Paz.
Las decisiones se dieron en el marco de la no comparecencia desde junio del año pasado, momento en el que abandonó el Espacio de Territorial de Capacitación y Reincorporación de Miravalle, Caquetá, aduciendo falta de seguridad jurídica y personal, argumento que fue transmitido por su abogado, quien denunció que habían tropas del Ejército que tenían como objetivo “una persecución en su contra”.
La JEP estimó que ‘El Paisa’ nunca presentó una excusa que determinara exactamente el motivo por el cual no comparecía. Sumado a eso, la Sala explicó que realizaron tres llamadas y este nunca contestó, para que compareciera, como lo han hecho otros excombatientes, ante el caso 001, denominado como secuestro. Además, se le solicitó un informe de las acciones cometidas posterior a la firma final del acuerdo de paz, pero tampoco fue presentado.
“No se presentó una excusa justificada de esos incumplimientos. Se está incumpliendo en el marco de la ley que dice que quien no cumple las condiciones debe ser revocada su libertad y decretar la captura para que comparezca para que rinda cuentas en materia de los casos que tiene la JEP”, expresó la Sala de cinco magistrados que estudia el caso.
Frente a una posible expulsión, la JEP consideró que, tras el análisis revelado por la autoridades ajenas a la jurisdicción, no hay evidencia probatoria suficiente para declarar que ha incumplido respecto a seguir en conductas delictivas. La Sala estimó que no tienen registro de que ‘El Paisa’ esté alzado en armas o se haya unido a las disidencias de las Farc. Si bien se desconoce de su paradero desde junio pasado, reconocen que no hay indicios de que esté alimentando su prontuario delictivo.
Por eso, con la orden de captura la JEP busca la garantía de que finalmente el exmiembro de las Farc comparezca ante las justicia transicional, y explicó que sigue siendo su juez natural y tiene la competencia prevalente para toda decisión sobre la situación jurídica de Velásquez Saldarriaga.
La audiencia
Durante la audiencia, desarrollada este viernes, la procuradora delegada ante la JEP, María Inés Cifuentes, solicitó al tribunal que se revisara el proceso del excombatiente y por medio de una orden de captura se le obligara a comparecer para garantizar los derechos de las víctimas.
En su intervención, la Procuradora mencionó los argumentos de la defensa de ‘El Paisa’, que lo llevó a no estar ante los magistrados, y señaló que el excombatiente alegó no tener seguridad. Sin embargo, esto no significaba mayor prenda para no estar ante las víctimas entregando la verdad.
Para la Procuradora, fue precisamente esta acción la que lo llevó a incumplir el régimen de comparecencia en la justicia transicional, bajo razones no validas, que en su palabra no se pudieron demostrar. “La inseguridad personal no puede ser una excusa para no comparecer ante la JEP”, dijo.
La delegada rechazó que no se envió un emisario que diera cuenta de su compromiso, como solía hacerlo en ocasiones pasadas. “Si el riesgo a la seguridad personal era de tal magnitud, no se encuentran las razones por las cuales no empleó el uso de emisarios como es su costumbre. En informes relata que sus pronunciamientos eran hechos por cartas, pero después no fue así”.
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Falta de Pruebas
Cifuentes también le hizo un llamado al Ministerio de Defensa, en cabeza de la Dirección Nacional de Inteligencia, pues pese a que hicieron llegar un documento, con este no se logró identificar si efectivamente el excombatiente había vuelto a delinquir.
“No se logró probar que el señor Velásquez Saldarriga incumplió su deber por haberse alzado nuevamente en armas. La información de la Fiscalía y del Ministerio no nos permiten llegar a una convicción de que el compareciente ha cometido conductas tendientes a reagrupar estructuras armadas. Los señalamiento son de oídas, sin testigo directo”, manifestó.
Para Cifuentes, el Ministerio de Defensa dejó cabos sueltos, pues desde el Procuraduría no pudieron vislumbrar los hechos que hasta la fecha ha acometido el excombatiente una vez no se volvió a conocer de su paradero.
“El informe de inteligencia del Ministerio de Defensa dista mucho de cumplir con los requisitos necesarios para ser un criterio de presunto incidente o que incluso haya influenciado en la decisión de la Procuraduría, con ello quiero decir que lo que entregaron a la JEP dista mucho de ser un informe de inteligencia”, precisó.
Explicó que el informe de inteligencia debía tener una planeación, una recolección, un procesamiento o análisis relacionado con los riesgos o amenazas internas o externas de vigencia de régimen democrático.
“Los documentos presentados no reúnen ni los más mínimos requisitos para ser considerados como tales. No hay elementos de juicio para que se establezca con rigor que el compareciente se haya ido del proceso y haya retomado las armas”.
Al conocerse la decisión adoptada por la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas de la JEP, el procurador General de la Nación, Fernando Carrillo, se mostró complacido en que la jurisdicción acogiera la postura del ente de control, para que ‘el Paisa’ “comparezca de manera obligatoria ante dicho tribunal. En buena hora por las víctimas, la verdad y la no repetición”.