Más de 250 personas han intentado colarse en la Jep
Muchos narcos solicitados en extradición han intentado ser reconocidos como Ex Farc para no ser enviados a otro país.
Desde que entró en funcionamiento, la jurisdicción especial para la paz el tribunal ha tenido que luchar con los llamados colados que buscan los beneficios y libertades de la ley 1820 o ley de amnistía.
En una labor silenciosa, pero compleja y dispendiosa, le ha correspondido a la Jep tramitar miles de peticiones y solicitudes de libertad, provenientes de las distintas cárceles de país, de presos que invocan vínculos con la guerrilla para salir libres.
A las salas de amnistía o indulto y de definición de situaciones jurídicas les ha tocado estudiar estas solicitudes y a la sección de revisión del tribunal para la paz las acciones de tutela que se han presentado contra estas salas por la misma razón, ya van 245 sentencias de tutela falladas y negadas por la sección de revisión.
Situación similar ha acontecido frente a numerosas solicitudes de garantía de no extradición ya que decenas de presos requeridos en extradición por narcotráfico han alegado vínculos con la ex guerrilla de las Farc para obtener dicha garantía constitucional.
En total se han presentado 57 solicitudes de las cuales la sección de revisión rechazó 27, frente a las que tuvo que adelantar el correspondiente procedimiento - respetuoso del debido proceso, en estas decisiones descartó el factor personal para avocar conocimiento, esto es, que no se trataba de exintegrantes de las Farc o de personas acusadas o condenadas por serlo, en las restantes, 7 han sido avocadas y las demás se encuentran en trámite.
Recientemente la sección de revisión rechazó las solicitudes de garantía de no extradición de Fabio Younes Arboleda y Armando Gómez España, presentados como presuntos socios de Jesús Santrich, en el supuesto envio de droga a los Estados Unidos.
En estos casos, contrario a lo alegado por los solicitantes, la sección de revisión descartó la membresía a las Farc toda vez que no estaban en los listados de la organización ni tenían condenas o acusaciones por autoridades judiciales nacionales.
Los extraditables pedían que se les tuviera en cuenta para el factor personal el mismo indictment de los Estados Unidos, lo que la sección encontró que era improcedente.