La Corte Constitucional extendió privilegios tributarios del catolicismo a otras iglesias
La Corte Constitucional falló a favor de una Iglesia Cristiana su petición de ser excluida del pago de impuesto ambiental.
Este caso inició en febrero del 2017, cuando la iglesia hizo una solicitud formal a la Alcaldía de Armenia para exonerar un predio de su propiedad, en donde realizaban sus actividades espirituales, del pago de impuestos.
La administración municipal aceptó la petición en lo que tiene que ver con el impuesto predial, sin embargo, mantuvo el cobro del impuesto ambiental.
Por esta razón, estos testigos de jehová decidieron instaurar una tutela alegando una presunta violación del derecho de la igualdad y libertad de cultos. En la primera instancia, el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas de Armenia consideró que no había discriminación porque con excepción de la iglesia católica ninguna otra había sido exonerada del impuesto ambiental.
La iglesia continuó con el proceso mediante un recurso de impugnación que presentó en la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito de Armenia, el cual tumbó la decisión del juzgado.