Corte debe implementar recomendaciones de la ONU: defensa de Andrés Felipe Arias
En un comunicado el abogado Victor Mosquera informó que de no implementarse la decisión del Comité por parte de la Corte, acudirán a las acciones legales pertinentes.
La defensa del ex ministro de Agricultura Andrés Felipe Arias instó a la Corte Suprema de Justicia implementar el dictamen de las Naciones Unidas en el caso del exfuncionario, en el que se recomendaba garantizarle la segunda instancia.
A través de un comunicado, la firma del abogado Victor Mosquera informó:
"El derecho a la doble instancia es un derecho inalienable, universal e inherente a toda persona de la especie humana. Su negación o limitación está prohibida por los tratados internacionales suscritos y ratificados por Colombia.
La decisión del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas es vinculante para el país luego de haber sido acatada por el Estado de Colombia.
La decisión del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas debe ser implementada por la Corte Suprema de Justicia y por otras autoridades del orden nacional. De no hacerlo, las autoridades judiciales estarían desatendiendo la ley y con ello prevaricando, toda vez que la Constitución Política de Colombia establece que los tratados internacionales de derechos humanos prevalecen en el orden interno y son de obligatorio cumplimiento. En este sentido, téngase en cuenta que Colombia suscribió y ratificó tanto el Pacto de Derechos Civiles y Políticos como el Protocolo Facultativo que da jurisdicción al Comité para analizar y decidir casos individuales, como el del señor Andres Felipe Arias.
La Corte Suprema de Justicia estuvo respresentada ante dicho organismo por el Estado de Colombia, quien participó en todo el proceso y trámite de dicho caso ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, y luego de un debate de admisibilidad y fondo, el Comité encontró al Estado de Colombia responsable de violar el derecho a la segunda instancia y los derechos políticos del señor Andres Felipe Arias.
El principio de retroactividad penal por favorabilidad es un principio universal, y no aplicarlo en el caso específico es desconocer la ley y jurisprudencia que ha enaltecido a Colombia ante otros países, además de evidenciar que la justicia pierde su imparcialidad y no concede el derecho por tratarse del señor Andres Felipe Arias Leyva.
La decisión del Comité de Derechos Humanos en favor de Andres Felipe Arias Leyva es una decisión ínter parte, es decir que sólo tiene efectos para su caso, motivo por el que no se comparte que la Corte emplee argumentos de conveniencia política o inseguridad jurídica para negarle el derecho al señor Andres Felipe Arias.
Esperamos que los Magistrados que discutan la implementación de la decisión del Comité sean imparciales, y de haber participado en discusiones previas o conocer el caso previamente se declaren impedidos; de lo contrario emprenderemos las acciones legales nacionales e internacionales a que haya lugar.
De no implementarse la decisión del Comité por parte de la Corte Suprema de Justicia, acudiremos a las acciones legales pertinentes."