Corte Constitucional fija precedente ante las fake news o noticias falsas
Dice que la libertad de expresión es un derecho fundamental, no es un derecho ilimitado teniendo en cuenta que no puede vulnerar los derechos de otras personas.
Al fallar una tutela a favor de una abogada quien fue víctima de señalamientos por parte de un concejal en Medellín, la Corte Constitucional determinó que cualquier persona, al igual que un periodista, tiene el deber de contrarrestar fuentes de información con el fin de no generar noticias falsas que perjudiquen el buen nombre y la honra de las personas.
En ese sentido, la Corte señala que los mensajes de las personas a través de cualquier medio de comunicación deberán tener sustento.
En el fallo se advierte que el desconocer el principio de veracidad cuando la información se sustenta en “rumores, invenciones o malas intenciones” o, cuando "pese a ser cierta, se presenta de manera tal que induce a error a su receptor".
El alto tribunal señala que pese a que la libertad de expresión es un derecho fundamental, no es un derecho ilimitado teniendo en cuenta que no puede vulnerar los derechos de otras personas.