Consejo de Estado decretó la "muerte política" de Iván Márquez
La decisión fue tomada en primera instancia después de que el miembro del partido Farc no ocupara su curul como senador.
El Consejo de Estado declaró la pérdida de investidura de Luciano Marín Arango conocido como Iván Marquez por haber incurrido en la causal tercera del artículo 183 de la Constitución Política (no tomar posesión de su cargo dentro de los ocho días siguientes a la fecha de instalación de las Cámaras, o a la fecha en que fueren llamados a posesionarse).
Según el alto tribunal, “todos los componentes objetivos y subjetivos de la causal se encontraron acreditados dentro del proceso. La Sala determinó, además, que no medió ninguna circunstancia de fuerza mayor que justificara que el señor Marín no hubiera tomado posesión de su cargo”.
Agrega que como garantía para la reintegración política de la extinta guerrilla de las FARC-EP, la Constitución Política previó un régimen de transición que otorga al partido que surja de su desmovilización, 5 curules en cada cámara. Quienes resulten designados para ocupar estas curules, adquieren obligaciones constitucionales cuyo incumplimiento puede motivar un proceso de pérdida de investidura.