Álvaro Uribe le gana 'round' a Daniel Coronell en la Corte Suprema
Para el alto tribunal, el hecho de que el expresidente lo catalogara de"mafioso", no es calumnia. Sin embargo le hicieron un llamado de atención por no moderar su lenguaje.
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia se inhibió de abrir una investigación formal contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, por los delitos de injuria y calumnia, por cuenta de 32 trinos publicados entre el 19 y el 20 de diciembre de 2010, en los que cataloga al periodista Daniel Coronell de "mafioso", en respuesta a la columna "El amigo secreto", en la que Coronell sugiere que Tomás Uribe tenía interés en que los Nule y Odebrecht se quedaran con el contrato de la Ruta del Sol adjudicado por su padre.
"Si bien es cierto, objetivamente y en abstracto el calificativo "mafioso" puede entenderse como deshonroso (...) en este caso el predicado no fue literal, pues las circunstancias indican que no se pregonó la pertenencia de "Coronel periodista" a una especie de 'cosa nostra', sino que se aseveró que una persona a la que sí se adosó el calificativo en toda su extensión, 'Perafán mafioso', tuvo un nexo con la empresa de la que aquél es socio. En consecuencia, no fue una imputación directa de pertenencia a una organización delictiva, sino una versión del adagio popular 'dime con quién andas y te diré quien eres'", expresó la Corte en el auto proyectado por el magistrado José Luis Barceló.
La Corte además conceptuó que el calificativo de 'mafioso' fue "un reflejo exacto, es decir, contrario y equivalente, que no excedió en intensidad, a una de las afirmaciones de la columna 'El amigo secreto'. Por ello, el mensaje se lee así: 'usted dijo que mi hijo Tomás Uribe promovió una reunión en Panamá con el polémico contratista Miguel Nule; no se olvide que usted tuvo negocios con el mafioso Pastor Perafán'".
Trinos como "un Coronel periodista lava dinero de mafia con calumnia" o "periodista mafioso cree que todos son bandidos como él" fueron publicados por Uribe en respuesta a la mencionada columna. Por cuenta de ello, Coronel presentó una querella contra el expresidente Uribe, alegando además que sus hijos afirmaron en otra columna que él "tendría un 'socio secreto', refiriéndose a Pastor Perafán y Cesar Villegas Arciniegas", exsocio de Coronel entre 1991 y 1996 en la empresa NTC.
La Corte "analizó objetivamente" los trinos de Uribe y concluyó que "a partir de ellos no se configuran los delitos objeto de la querella, que reciben la denominación de calumnia e injuria agravadas". Además la Sala conceptuó que algunos trinos carecen de relevancia penal puesto que hacen "parte de las reacciones que usualmente generan ese tipo de publicaciones, y que son totalmente previsibles por quienes ejercen una profesión u oficio que apareja ese tipo de exposición".
Llamado de atención a Uribe por no moderar su lenguaje
La Corte llamó la atención al expresidente por su responsabilidad como líder político y como expresidente de la República "que alguna vez simbolizó la Unidad Nacional (...) en la moderación del lenguaje que usa para responder las críticas a su pasada gestión presidencial o a su liderazgo político actual".
"No resulta legítimo que líderes sociales, como el aquí querellado, desborden los límites de la tolerancia que están obligados a mantener frente a la crítica periodística o ciudadana, encendiendo las redes sociales con descalificaciones o agresiones contra sus críticos que en nada contribuyen a su deber de unión social", agrega la Corte
"El lenguaje agresivo es una manifestación de violencia. Y usado por un líder político en cualquiera de las redes sociales puede llegar a ser identificado por alguno de sus seguidores como una invitación, o por lo menos una autorización velada al uso de la violencia física contra el destinatario del trino o del discurso descalificador", puntualiza el alto tribunal.